ARRAIGO SOCIAL
Este tipo de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales tiene una vigencia de un año y se otorga a aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentran en el país y tienen vínculos familiares, laborales o una integración social evidente. En este artículo, te explicaremos en detalle qué es el arraigo social, los tipos que existen, cómo se solicita y cuáles son los requisitos que se deben cumplir.
¿Qué se entiende por arraigo social?
El arraigo social es una autorización de residencia temporal en España por circunstancias excepcionales que tiene una duración de un año. Este permiso se concede a aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentran en nuestro país y tienen vínculos familiares, laborales o que, por su parte, se encuentren integrados socialmente. El arraigo puede ser de tipo familiar, laboral o social, dependiendo de cada caso. Sin embargo, el más frecuente y demandado es el arraigo social, el cual está regulado en el artículo 124.2 del Reglamento de Extranjería.
Tipos de arraigo y sus requisitos (saber más):
Existen diferentes tipos de arraigo en España, cada uno con requisitos específicos que deben ser cumplidos para obtener la autorización de residencia. A continuación, detallaremos los requisitos para solicitar y obtener el arraigo social:
Permanencia continuada en España:
Para poder obtener la autorización de residencia por arraigo social, se debe acreditar una permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años.
Además, se deben cumplir de forma acumulativa los siguientes puntos:
- Carecer de antecedentes penales: El solicitante no debe tener antecedentes penales en España ni en su país de origen, ni en los países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
- Contrato de trabajo: Es necesario contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario, que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido en el convenio colectivo aplicable. Además, la empresa o el empleador deben estar inscritos en la Seguridad Social y al día con sus obligaciones.
- Vínculos familiares o informe de arraigo: Se deben tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe de arraigo que acredite la integración social, emitido por la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se tenga el domicilio habitual.
Posibilidades de contrato de trabajo para el arraigo social
Como se mencionó anteriormente, uno de los requisitos para obtener el arraigo social es contar con un contrato de trabajo. A continuación, se detallan las posibilidades para cumplir con este requisito:
- Se exige un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario, que garantice al menos el salario mínimo interprofesional (SMI) o el salario establecido en el convenio colectivo aplicable. La suma de los contratos debe representar una jornada semanal no inferior a 30 horas en el cómputo global. Sin embargo, en el caso de personas que tengan menores a su cargo o personas que necesiten apoyo para el desempeño de sus capacidades jurídicas, el contrato puede ser de 20 horas.
- En el sector de la agricultura, se permite la presentación de dos o más contratos, con distintos empleadores y concatenados.
- En caso de trabajar parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador en una misma o distinta ocupación, se admitirá la presentación de varios contratos.
Documentos que acreditan el arraigo social
La acreditación de los vínculos sociales puede ser un concepto abstracto y subjetivo. Sin embargo, existen varios documentos que pueden utilizarse para justificar la integración social, entre ellos:
- Certificado de empadronamiento.
- Informes médicos.
- Justificantes de haber recibido asistencia sanitaria.
- Facturas de compras.
- Justificantes de envío de dinero.
- Certificados de estudio.
- Justificantes de pagos de alquiler.
Documentación necesaria para solicitar el arraigo social en España
Para solicitar el arraigo social en España, se deben presentar los siguientes documentos:
- Impreso oficial de solicitud de arraigo social por duplicado (EX-10), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero interesado.