RESIDENCIA PARA FAMILIAR DE COMUNITARIO
Se trata de una autorización a la que podrán acceder los miembros de la familia (ascendientes, descendientes o cónyuge) que acompañen al nacional de cualquier país perteneciente a la Unión Europea (UE) y también de los estados que forman parte del acuerdo sobre el espacio económico europeo a vivir a España. El ciudadano europeo deberá demostrar que tiene empleo en España, ya sea trabajando para alguien más o siendo su propio jefe, o que dispone de suficientes recursos económicos para mantenerse a sí mismo y a su familia.
Los familiares que tramiten esta residencia podrán involucrarse en trabajar tanto por cuenta propia como ajena. Esta autorización tendrá una validez de 5 años y podrá renovarse una sola vez al finalizar este período. Después de la renovación, se convertirá en una autorización de residencia permanente.